Es pésimo el desperdicio de recursos en las nóminas estatales, toda vez que quienes deben asesorar a los tomadores de decisiones, en este caso al Ministro de la Protección Social y al Presidente de Colombia, hacen tareas que disuenan con lo que alguien podría esperar de un asesor o asesora.
La reciente declaratoria de emergencia social en Colombia y la expedición de los decretos del gobierno nacional para afrontarla, a pesar que el Presidente y el Ministro lo nieguen, va en detrimento de unos derechos establecidos tanto en la Constitución Nacional (Artículo 49), como en la Ley 100 de 1993 (Principios Generales, artículo 1o.), para los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La entrevista publicada hoy domingo 31 de enero por el Diario EL TIEMPO con el presidente de la junta directiva de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, Médico Roberto Esguerra, es aclaratoria del tema y rebate el argumento del Ministro de la Protección Social, Diego Palacio, de que las reformas deben ser vistas en su contexto único "y no discriminadas por decreto o por artículo" (Revista Cambio).
Lo lesivo de dichas reformas no es el aumento del impuesto al alcohol y al tabaco sino precisamente los artículos 9 y 23 del decreto 131, que trasladan a los usuarios (pacientes), obligaciones ya adquiridas por el mismo Sistema en virtud de la Ley y que desestiman, reducen y cohartan el campo de acción de los médicos, como vértebras del mismo sistema.
Los comunicados emitidos por la Academia Nacional de Medicina y la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas son contundentes en la medida que retoman la legislación expedida en el marco de la Emergencia Social y develan los contenidos de la misma en deterioro de la calidad de la prestación del servicio de salud.
No se ha ahondado en qué sucederá con los niños y las niñas con enfermedades de alto costo y para quienes la Salud sí es un Derecho Fundamental consagrado en la Constitución Nacional (Artículo 44). Lo mismo con los ancianos mayores de 65 años en el marco de la política de envejecimiento y vejez que esboza el gobierno nacional. ¿Van a obligar a niños y a ancianos a pagar sus propios tratamientos? ¿Están condenados a morir?
La responsabilidad técnica de dichos decretos cae sobre los asesores de Palacio (tanto del Ministro como del Presidente) y la responsabilidad política sobre el actual Ministro de la Protección Social, Diego Palacio, y sobre el actual Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, quienes deberán asumirla de cara al país echando para atrás los artículos y decretos lesivos a los derechos de los colombianos.
De todas formas el costo político para ambos funcionarios, cuyas labores pagamos con nuestros impuestos, no justificará jamás el costo asumido por miles de colombianos que verán su salud más deteriorada aún por las decisiones erradas de dos empleados públicos, además mal asesorados.
Guillermo Camacho Cabrera
guillermo@papelysignos.com
guillermo@papelysignos.com
Imagen: Tomada de http://www.minproteccionsocial.gov.co/





